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Descargas

  • Ley Nro. 1.015/97
    “Que previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimación de dinero o bienes"

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  • Ley Nro. 3.783/09
    “Que modifica varios artículos de la Ley 1.015/97"

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Información


Prevención de Lavado de Activos

Lavado de dinero es el proceso por el cual el dinero de origen delictivo se integra al sistema económico legal.

Lavado de activos es mucho más amplio, abarca todo tipo de valores: dinero, bienes muebles e inmuebles, acciones, bonos, etc., obtenidos en forma ilícita e integrada al sistema económico legal.

Fuente de recursos ilícitos. Delitos precedentes.

  • Tráfico de drogas o narcotráfico.
  • Tráfico de autos.
  • Piratería.
  • Corrupción administrativa.
  • Evasión fiscal.
  • Crimen por encargo
  • Secuestros.

Métodos utlizados para lavar dinero.

  • Pitufeo, "chiquitaje" o trabajo de hormiga.
  • Integración de fondos lícitos con ilícitos.
  • Banca extraterritorial.
  • Garantía de préstamos.
  • Facturas falsas.

Etapas del lavado de activos .

  • Primera: colocación de los bienes o del dinero.
  • Segunda: fraccionamiento o transformación.
  • Tercera: Inversión, integración o goce de los capitales ilícitos.

Bienes que pueden ser objeto del lavado de activos.

  • Bienes corporales o incorporales.
  • Muebles e Inmuebles
  • Bienes tangibles e intangibles

Prevención y Normativas Paraguayas

En Paraguay tenemos legislación específica contra el delito de Lavado de Dinero o Bienes a partir de la promulgación de la Ley Nro. 1.015/97 y su modificatoria la Ley Nro. 3.783/09 “QUE PREVIENE Y REPRIME LOS ACTOS ILÍCITOS DESTINADOS A LA LEGITIMACIÓN DE DINERO O BIENES”

El capitulo 3 de la mencionada ley incluye a las administradoras de fondos mutuos de inversión y jubilación., entre otros sujetos obligados.

Autoridades de Regulación y Supervisión

El artículo 26 de la Ley Nro. 1.015/97, modificado por la Ley Nro. 3.783/09 expresa: Créase la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD) como organismo técnico y autoridad de aplicación de la presente ley, dependiente de la Presidencia de la República.

Perfil de Afiliado/Cliente

Se elabora en base a informaciones que permiten determinar con aproximación el tipo, volumen y periodicidad de productos y/o servicios que utilizará el Afiliado/Cliente durante su vinculación con la entidad.

Requisitos al Afiliado/Cliente

Por lo expuesto anteriormente y por exigencias de la norma se requerirá al Afiliado/Cliente:

  • Identificación completa del Afiliado/Cliente.
  • Identificación de la actividad económica, procedencia u origen de los fondos.
  • Volumen y características de las transacciones financieras.

Un compromiso de la Caja Mutual

Conocer los mecanismos de Lavado de Dinero / Lavado de Activos ayuda a combatirlo, a no permitir que los delincuentes utilicen los productos o servicios de la Caja Mutual para fines ilícitos.