Opciones Jubilatorias


Jubilación Voluntaria

Mediante un sistema de Capitalización individual, con cuentas independientes, los afiliados tienen la posibilidad de acumular aportes en forma mensual, reforzar con aportes extraordinarios y generar rendimientos anuales para el gozo de uno de los beneficios, a partir de los 55 años.

Jubilación Inmediata


Consiste en el depósito de una suma única para personas mayores a 55 años con el objeto de percibir una jubilación mensual vitalicia de manera inmediata.

Jubilación Ordinaria


Consiste en la renta mensual vitalicia que percibe un afiliado, calculada en base a su fondo total acumulado.

Retiro Parcial de Fondos Jubilatorios


Modalidad Jubilatoria en la cual el afiliado dispone de una parte de sus fondos, con opción a seguir aportando.

Retiro Total de Fondos Acumulados


El afiliado que así lo desee, podrá optar por el retiro total de su fondo acumulado.

Retiro Programado de Fondos


Beneficio Jubilatorio con sumas fijadas por el afiliado hasta la extinción de su Fondo acumulado.

Jubilación Extraordinaria


Se concederá a los afiliados con antiguedad mínima de 10 años y sufran una incapacidad prematura y permanente para el ejercicio de su profesión, por causa de enfermedad o accidente debidamente comprobado.

Retiro Programado con Jubilación Diferida


Modalidad por la cual el afiliado contrata con la Caja Mutual el pago de una jubilación diferida, a contar de una fecha futura, determinada en el contrato, reteniendo en su cuenta de capitalización individual, los fondos suficientes para obtener de la misma Caja una suma temporal durante el periodo que medie entre la fecha en que se ejercicio.

Beneficios Adicionales (*)

Fondo de Solidaridad


Ayuda solidaria equivalente al monto de sus aportes hasta un máximo de G. 20.000.000, en caso de fallecimiento o incapacidad total y permanente del afiliado.

* Antigüedad mínima de 6 meses: 50% del Beneficio
* Antigüedad desde 1 año en adelante: 100% del Beneficio

Renta diaria por internación en U.T.I.


Ayuda solidaria consistente en el pago de una renta diaria de G. 2.500.000 a partir del cuarto día de internación en Unidad de Terapia Intensiva, hasta 12 días en el año.

Documentos Requeridos para los Beneficios Adicionales

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